Cantaura, veintitrés años después
Pablo Hernández Parra*
/ Soberania.org - 16/11/05
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El 24 de agosto de 1499, Alonso de Ojeda asesina a 20 habitantes del Lago de Maracaibo, deja numerosos heridos, se lleva a España 5 prisioneros para venderlos como esclavos; desde ese día, se instaura de hecho el Estado Venezolano, como organización de la sociedad de acuerdo a los intereses del vencedor. A partir de entonces, la pena de muerte, legal o ilegal, ha sido y es la política oficial de dicho Estado, contra los pobres, explotados y trabajadores.
Desde el exterminio de los Indios Guaiquerí en Coche y Cubagua en el siglo XVI hasta el asesinato hoy por parte de los cuerpos policiales de jóvenes de los barrios o las masacres de campesinos por los sicarios al servicio de los ganaderos y terratenientes de la frontera, el hilo conductor de esta política es la total impunidad del poder estadal establecido a lo largo de cinco siglos.
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Guerrilleros de Cantaura habrían sido ajusticiados.
ARCHIVO MUSEO J.M.CRUXENT |
Históricamente la forma política de dicho Estado y organización social ha variado (Colonia, Provincia, Gobernación, Capitanía General, República Federada, Estados Unidos de Venezuela, República de Venezuela o República Bolivariana de Venezuela), a lo largo de dicho periodo, las clases dominantes han ejercido su dominio bajo la forma democrática o como dictadura, pero en toda época y lugar, la pena de muerte contra los de abajo ha sido una constante.
Hace 23 años, producto de una delación y un cerco militar son ajusticiados 23 venezolanos (as) en Cantaura. A este hecho siguieron las masacres de Yumare, (1988), las de febrero-marzo de 1989, El Amparo, El Vallado, en las cárceles del país, etc. En la mayoría de estos hechos la impunidad ha sido la regla, ni un solo detenido, y ni juzgado por los crímenes cometidos. ¿Olvido? ¿Negligencia? ¿Falta de pruebas? Nada de eso, sencillamente el poder es tener impunidad, y ninguna clase dominante puede juzgar a sus asesinos a sueldo ( policías , ejército, GN), ellos son precisamente el soporte fundamental que le garantiza el orden, la paz y la seguridad a su sistema de explotación.
Hoy el Gobierno y el Estado en su política de distracción y de propaganda han montado un show en torno a los sucesos de Cantaura, prometiendo por enésima vez investigar y juzgar a los asesinos. A los dos meses de nombrada la comisión por la Asamblea Nacional (AN) para investigar, ésta es sencillamente eliminada, sin lograr tan siquiera iniciar su labor, salvo obtener a duras penas uno de los expedientes de Cantaura que reposaban en la sede de justicia militar.
Estamos hoy en el 2005, han transcurrido 6 años desde que el pueblo votó por una transformación y en contra de todo lo anterior. Han pasado 23 años de los asesinatos de Cantaura, y cual es la situación hoy:
En Cantaura mueren 23 combatientes, el Ejército y la DISIP no tienen ninguna baja. Hoy, por cada policía que cae, mueren 49 pobres. "Cada vez que muere un policía, salen sus cómplices como locos a matar a todo el mundo", decía la madre de un joven asesinado en La Carucieña en el estado Lara. La reciente masacre de los estudiantes en el barrio Kennedy es un ejemplo contundente de lo que aquí sucede, cuando muere un policía.
En Cantaura son rematados 23 seres humanos porque eran subversivos. Hoy, de cada 100 asesinados, 60 son ajusticiados con el expediente de ajuste de cuenta o luchas entre bandas, el resto caen en "supuestos enfrentamientos" con la policía. Según el Sr. Manuit "las muertes ocasionadas por enfrentamientos con los cuerpos de seguridad están justificadas ya que se trataba de delincuentes que dañan a la sociedad".
En la batalla de Carabobo, como en Cantaura, el promedio de los que murieron, no llegaba a los 30 años. Hoy, 80 de cada 100 asesinados por los cuerpos policiales son menores de 30 años.
Los 250.000 muertos de la Independencia, los 150.000 de la Guerra de Federación y los 23 de Cantaura, procedían de las familias y hogares más pobres del país. Hoy, 93 de cada 100 asesinados entre el 2002 y el 2003 vienen de los hogares más humildes del país.
De los 6.000 asesinatos cometidos en el país por los cuerpos policiales, Guardia Nacional y Ejército entre 1999 y el 2005, menos del 1% ha sido sentenciado. Sencillamente para el pobre no hay justicia.
En 1993 existían 23 cuerpos policiales en el país, en el 2003 pasaron a 95
En 1993 hubo 4,292 homicidios, en el 2003 13.000. Los órganos de represión se incrementaron en un 330%, los homicidios en un 300%.
En abril del 2002, patronos, militares, gerentes derrocan un Gobierno, y de un plumazo derogan todo el ordenamiento jurídico del país, asesinan en las pocas horas de gobiernos a numerosos venezolanos, y por el mayor delito cometido contra las leyes del país, hecho publico, notorio y televisado, prácticamente no hubo un solo detenido. Hoy en las cárceles hay más de 19.000 pobres, donde a diario muere por lo menos 1 de ellos y otros 2 quedan heridos.
A los que acabaron con la sagrada democracia y la no menos sagrada Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, les dieron en el peor de los casos la casa por cárcel. La inmensa mayoría de los presos que se pudren en las cárceles del país, se les retarda el juicio, se les condena sin sentencia, quedando a merced de un Juez que le pone precio a su libertad sin importarle si es culpable o inocente. Sencillamente para el sistema judicial, la justicia es un negocio, la libertad una mercancía, que sólo puede obtenerla quien tenga dinero.
En el 2004 ocurrieron 276.000 accidentes laborales en el país que dejaron 1.500 muertos y 27.600 trabajadores con algún grado de discapacidad. Cuántos patronos están presos o han sido juzgados por estos delitos. Si no pagan el Seguro Social, menos van a pagar la vida de un pobre.
La mala práctica y la negligencia médica a diario dejan su estela de muerte, especialmente entre los pobres. Hasta el hijo de Eva Moreno denuncia que su madre ha podido ser salvada por los médicos. Cuántos pobres mueren por falta de asistencia médica o porque sencillamente no tienen dinero.
Los asesinos de Cantaura, no fueron investigados, menos detenidos, la mayoría ascendidos y premiados; hoy algunos son flamantes líderes políticos "revolucionarios":
Henry López Sisco dirigió las masacres de Cantaura, Yumare, El Amparo, entre otras, hoy es Asesor del Comando Antisecuestro de la Guardia Nacional y de la Gobernación del estado Zulia.
Omar Pérez Hudson, Sargento del Ejército, masacrador en El Amparo, hasta hace poco miembro de la División de Seguridad e Inteligencia Policial de la DISIP.
Ramón Rodríguez Chacín, colega de Henry López, cuando era miembro del Comando Especifico José Antonio Páez (CEJAP). Fue Ministro de Relaciones Interiores de este Gobierno y hombre de confianza del Presidente Chávez en cuestiones policiales.
Tte. Coronel Enrique Vivas Quintero, uno de los jefes del CEJAP, ascendido a Jefe de Finanzas del Movimiento V República y luego electo al Parlamento Andino
Inspector Jefe Celso Rincón Fuentes, participante de El Amparo, devenido en Jefe de Seguridad de la Cárcel de Yare.
Alzaul Planchart, miembro del Ejército, participante en Cantaura, fue Presidente del Consejo Legislativo del estado Lara, y hoy preside la Comisión de Derechos Humanos de dicho Consejo, "dada su profunda experiencia en el respeto de los mismos".
Alirio y Norberto Rabanales, exguerrilleros, integrantes de la banda de asesinos de Henry López Sisco en el seno de la DISIP, delatores en los casos de Cantaura y Yumare; el primero, aun en noviembre del 2002 pertenecía a dicho cuerpo, y el segundo es "solicitado" por su participación en el asesinato del asesor de Hidalgo Valero pero transita libremente por todo el país.
Y quienes entrenaron a estos asesinos, los mismos entrenadores de la Escuela de las Américas, del FBI, la CIA y del Ejercito de EE.UU., cuya educación anticomunista y criminal no es otra que la defensa y consolidación, aún a través del crimen, de los intereses de las mismas compañías, que hoy están en el país, y que tienen a su servicio todo este aparato de violencia: ExxonMobil, Chevron, Texaco, Shell, Ford, General Motor, Anglocoal, Polar, Cisneros, etc.
La impunidad es la norma, no la excepción, dentro del dominio del capital, ningún orden establecido al servicio de los propietarios privados puede permitir el cuestionamiento y menos juicio contra sus asesinos. Estados Unidos no permite que sus criminales sean juzgados por los países donde cometen sus fechorias, igualmente el Estado Venezolano, de la IV o V República, tampoco puede permitir que los soportes principales de su dominación sean investigados y menos juzgados. Permitirlo, es poner en peligro todo su sistema de represión y justicia. A lo máximo que hace el sistema con sus policías y militares asesinos o sus jueces cómplices es jubilarlos o cambiarlos de puesto o lugar.
A partir de enero del 2006, cuando las compañías petroleras sean una vez más dueñas legalmente de una porción importante del petróleo venezolano y una vez que el Sr. Chávez sea reelecto en beneficio del capital, con toda seguridad entrará en vigencia la Ley Antiterrorista, aprobada en primera discusión por la AN. A partir de ese momento todo el aparato de violencia del Estado (DISIP, PTI, GN, Ejército, etc.), tendrá una mayor protección legal para ejercer directamente la violencia con mayor impunidad contra los "terroristas" que atenten contra la seguridad del Estado, "lo que obliga al Estado a preservar la seguridad en la más amplia acepción del concepto: de todos sus habitantes particularmente del personal diplomático y altos funcionarios públicos; embajadas y consulados, instalaciones militares, medios de comunicación, centros de producción industrial y agrícola, organismos del gobierno y los sectores privados". (Del proyecto de ley antiterrorista ).
¿Quienes seran esos terroristas?:
Los indígenas de Socuy, Cachiri y Perijá, los Bari y Yukpa que el 1º de enero se opongan a salir de sus territorios para que la compañía brasileña Vale Do Rio, junto con las compañías cubanas, destruyan la Sierra de Perijá para sacar carbón. Los indios son dueños del suelo, pero el Estado, o sea el capital, es dueño del subsuelo y todos sabemos que entre derechos iguales, se impone la fuerza.
Los obreros que hagan huelga e impidan el acceso a los esquiroles y de las fábricas que intenten quebrarlas.
Cuando dos o mas personas se reúnan, escriban o se organicen y a juicio de la policía conspiren contra el Estado.
Cuando los barrios o damnificados cierren vías, o quemen cauchos o tomen instalaciones del Estado por reclamar por el agua, la luz, los servicios o la vivienda.
Cuando se "secuestre" a funcionarios públicos en medio de protestas populares, muy especialmente, si son representantes diplomáticos o económicos de otros países.
Cuando los trabajadores petroleros de las empresas mixtas, protesten contra la explotación de las compañías internacionales, tomando en consideración que, ahora si, PDVSA es nuestra (del capital extranjero) y atentar contra ella, es atentar contra la seguridad del Estado.
El aparato del crimen, violencia y represión del Estado de los propietarios, sigue no solo intacto sino mejorado y repotenciado, al servicio de la misma clase y sectores sociales que dominan el país desde 1500. Hoy practican contra la llamada delincuencia lo que en un futuro no muy lejano van a ejecutar contra los trabajadores.
Ese aparato del crimen constituido por los cuerpos policiales, GN, DISIP, PTJ, Ejército, etc., hoy está reforzado por las bandas de sicarios al servicio del capital, las compañías militares privadas al servicio de las grandes compañías transnacionales que operan bajo diversas fachadas en el país; por las 600 y más compañías de vigilancia privada en manos de expolicias y exmilitares ligados por una y mil más a los cuerpos de terror del capital internacional como la CIA, DEA, MOSSAD, etc.
Quienes sigan creyendo que estamos en presencia de una "revolución", que los excesos y crímenes de policías y GN, que suceden hoy es porque Chávez no lo sabe, que hoy el Ejército está al servicio del pueblo y las reservas a constituirse junto con los fusiles AK, son para defendernos de la invasión yanqui, deben entender y aprender de los troyanos. El Caballo de Troya del capital internacional, está instalado en el país, desde hace muchísimos años, nació en la era moderna, con J. V. Gómez y desde esa época hasta hoy, las clases dominantes no han dejado de mejorarlo y perfeccionarlo, para usarlo contra su único y real enemigo: los trabajadores de este país y del mundo.
Que se pregone el socialismo como salida. Que el capital adopte como disfraz "el Socialismo del Siglo XXI" para establecer su dictadura, no puede sorprender a nadie, no olvidemos que en nombre del socialismo "real" se masacró en la URSS, China y Europa Oriental. Desde hace siglos las religiones y sus Iglesias respectivas, en nombre de cada uno de sus Dioses, buscando salvar a los pecadores e infieles y sobre todo por amor al prójimo, han cometido innumerables guerras y crímenes atroces contra la humanidad, ¿por qué entonces el capital no puede disfrazarse de socialista para lograr su cometido? Acaso los empresarios venezolanos no están organizando foros, seminarios y jornadas sobre "las empresas privadas y el socialismo del siglo XXI".
Para los patronos solo existen los intereses y la máxima ganancia y para el capital el fin justifica los medios. El Artículo 299 de la CRBV es claro y tajante: "El Estado, conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional".
Si este objetivo hay que lograrlo bajo el ropaje del socialismo del siglo XXI, no hay inconveniente. Cuando los trabajadores venezolanos despierten y se encuentren con la dura realidad del hambre, miseria y desempleo, ya el capital tendrá sus Henry López Sisco, Rodríguez Chacín y Martínez Mendoza listos para nuevas y mayores masacres con los de Cantaura, El Amparo o Yumare.
6.000 Ejecuciones extrajudiciales por parte de los Cuerpos Policiales en los últimos seis años, especialmente en Lara, Bolívar, Aragua, Portuguesa, Anzoategui, Guarico, todos bajo el mandato de "Gobernadores Bolivarianos", nos hablan de 30 masacres similares a Cantaura por un aparato de crimen y terror que cada día se erige por encima de la sociedad y en cualquier momento como en Chile, Argentina, puede adquirir independencia. Los lamentos y quejas de la oposición contra Chávez no vienen por su amor a la democracia y los derechos humanos, sino en que el "Mesias Esperado" para la privatización del pais, devenga en un nuevo Pinochet.
Hace mas de 150 años, refiriéndose al terrorismo, perdón, al estado de sitio; que tanto le encanta a la burguesía invocar cada vez que los trabajadores amenazan con un levantamiento, alguien escribió:
"Mientras los republicanos burgueses de la Asamblea se ocupaban en cavilar, discutir y votar esta Constitución, Cavaignac mantenía, fuera de la Asamblea, el estado de sitio en París. El estado de sitio en París fue el comadrón de la Constituyente en sus dolores republicanos del parto. Si más tarde la Constitución fue muerta por las bayonetas, no hay que olvidar que también había sido guardada en el vientre materno y traída al mundo por las bayonetas, por bayonetas vueltas contra el pueblo.. ¡Magnífico invento, aplicado periódicamente en cada una de las crisis sucesivas en el curso de la revolución francesa! Y el cuartel y el vivac, puestos así, periódicamente, por encima de la sociedad francesa para aplastarle el cerebro y convertirla en un ser tranquilo; el sable y el mosquetón, que periódicamente regentaban la justicia y la administración, ejercían tutela y censura, hacían funciones de policía y oficio de serenos, el bigote y la guerrera, que se preconizaban periódicamente como la sabiduría suprema y como los rectores de la sociedad, ¿no tenían necesariamente el cuartel y el vivac, el sable y el mosquetón, el bigote y la guerrera, que dar por último en la ocurrencia de que era mejor salvar a la sociedad de una vez para siempre, proclamando su propio régimen como el más alto de todos y descargando por completo a la sociedad burguesa del cuidado de gobernarse por sí misma? El cuartel y el vivac, el sable y el mosquetón, el bigote y la guerrera tenían necesariamente que dar en esta ocurrencia, con tanta mayor razón cuanto que de este modo podían esperar también una mejor recompensa por sus altos servicios, mientras que limitándose a decretar periódicamente el estado de sitio y a salvar transitoriamente a la sociedad por encargo de esta o aquella fracción de la burguesía, se conseguía poco de sólido, fuera de algunos muertos y heridos y de algunas muecas amistosas de los burgueses. ¿Por qué el elemento militar no podía jugar por fin de una vez el estado de sitio en su propio interés y para su propio beneficio, sitiando al mismo tiempo las bolsas burguesas? "(C. Marx, El Dieciocho Brumario de Luis Bonaparte.)
La bolsa de PDVSA esta en manos de "Luis Bonaparte", "Regalar y recibir prestado: a eso se limita la ciencia financiera del lumpemproletariado, lo mismo del distinguido que del vulgar. A esto se limitaban los resortes que Bonaparte sabía poner en movimiento. Jamás un pretendiente ha especulado más simplemente sobre la simpleza de las masas." (idem ), el capital internacional no corre ningún peligro, el dinero y el petróleo continuaran fluyendo en cantidades crecientes al exterior; y el aparato de violencia con sus militares, policías, jueces y carceleros esta listo y entrenado para que ningún pobre, trabajador, damnificado o excluido perturbe con sus "practicas terroristas" de pedir trabajo, comida o vivienda, la paz y seguridad que requiere el capital para "desarrollar el pais". No olvidemos jamas que:
La DISIP sigue siendo DISIP.
El DIM sigue siendo el DIM.
La Guardia Nacional sigue siendo la Guardia Nacional.
El Ejército sigue siendo el Ejército.
La PTJ sigue siendo PTJ.
Las Policías Regionales siguen siendo Policías Regionales, y todos ellos conforman el aparato que, según la CRBV, le corresponde el monopolio de la violencia en el pais.
[*] Pablo Hernández Parra
Notas
Extractos del PROYECTO DE LEY CONTRA EL TERRORISMO
PROYECTO DE LEY CONTRA EL TERRORISMO
* Presentado por el Ministro de Interior y Justicia y aprobado en el Consejo de Ministros N° 300 de el 01 de abril de 2003. Remitido el 03 de abril a la Asamblea Nacional para su consideración y aprobación
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El terrorismo es uno de los problemas más graves y con mayor auge en la actualidad mundial. Se considera terrorismo el uso de la violencia o la amenaza para causar terror en la población, desestabilizar y crear caos en el orden político, social, económico o religioso de una Nación. Es un crimen horrendo, dirigido contra el Estado, la sociedad y los ciudadanos.
..lo que obliga al Estado a preservar la seguridad en la más amplia acepción del concepto: de todos sus habitantes particularmente del personal diplomático y altos funcionarios públicos; embajadas y consulados, instalaciones militares, medios de comunicación, centros de producción industrial y agrícola, organismos del gobierno y los sectores privados..
..La acción terrorista atenta contra los fines esenciales del Estado, consagrados en el artículo 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela...
..En consecuencia se hace indispensable adoptar, a los fines de preservar la libertad, la democracia, la legalidad, los derechos humanos y la soberanía nacional, decisiones que permitan conjurar los riesgos que corren las instituciones y la ciudadanía. La opción no puede ser otra que la de dotar al Estado de una Ley que garantice la lucha contra el terrorismo en todas sus manifestaciones, en términos de eficiencia y rapidez, sin sacrificar las garantías y derechos ciudadanos consagrados en la Constitución..
..Los crímenes del terrorismo tienen que ser castigados sin vacilaciones ni complicidades. Cualquier debilidad al respecto, socava la autoridad y deja en estado de indefensión a los ciudadanos. Aparte de dotar al Ejecutivo Nacional ya la administración de justicia de un instrumento legal idóneo, su aprobación en los términos en que está concebida la Ley sirve para impedir que prospere el delito y que se repitan las acciones que han ocasionado la pérdida de vidas humanas y colosales daños materiales.
.Para la redacción del articulado de esta Ley se estudió el derecho comparado, el cual sirve de orientación a la misma. En especial, leyes vigentes en diversos países destinadas a combatir situaciones críticas similares.
.El propósito que inspira la aprobación de esta Ley por la representación popular , es el de resguardar al pueblo venezolano, sin excepciones, de la conjura terrorista que hoy por hoy constituye una realidad.
PROYECTO DE LEY CONTRA EL TERRORISMO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto tipificar y sancionar todo acto u omisión de carácter terrorista, con la finalidad de garantizar el respeto al orden Constitucional, la paz y la salud pública, además de proteger la integridad de las instituciones democráticas..
Artículo 3. A los fines de la presente Ley, se entiende por:
1. Terrorismo. Toda acción que cause alarma, zozobra, temor o perturbación del orden interno con la finalidad de poner en peligro la vida o la integridad de un número indeterminado de personas, subvertir el orden constitucional, afectar el patrimonio público o las relaciones internacionales de la República.
Se presumirá la intención de producir alarma, zozobra, temor o perturbación en la población, salvo prueba en contrario, además de lo indicado en los Tratados y Acuerdos Internacionales ratificados que sobre terrorismo haya suscrito la Republica Bolivariana de Venezuela, cuando el delito se cometa mediante:
............................
c. Medios que sin estar legalmente autorizados atenten contra el derecho constitucional al libre tránsito;
d. Medios capaces de alterar o devastar el sistema económico de la República;
e. Medios capaces de interceptar o destruir sistemas informáticos o de información;
f. La asociación ilícita cuando ella tenga por objeto la comisión de delitos que deban calificarse de terroristas conforme a lo establecido en la presente Ley; y
g. Cualquier otro medio o elemento de elevado poder ofensivo.
CAPITULO II
DE LOS DELITOS
Quien provoque o mantenga en estado de zozobra, alarma o temor a la población o a un sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la salud o la libertad de las personas, la integridad de las infraestructuras, los servicios de interés público o el patrimonio público, con la intención de subvertir el orden constitucional o perturbar el orden interno, será sancionado con pena de presidio de diez (10) a veinte (20) años.
...
Artículo 8. La pena prevista para la comisión del delito establecido en el artículo 7, será de veinticinco (25) a treinta (30) años de presidio, cuando:
1. El hecho se realice para impedir o alterar el normal desarrollo de cualquier acto electoral.
2. El hecho se realice con el propósito de causar destrucción significativa en cualquier instalación pública o privada que se utilice para prestar o distribuir servicios al público, como los de abastecimiento de agua, alcantarillado, energía, combustible o comunicaciones.
3. El hecho recaiga sobre un Jefe de Estado, un Jefe de Gobierno, un ministro extranjero o sobre los miembros de su familia, o cualquier personalidad oficial de otro Estado o agente de una Organización Internacional, siempre que se encuentren en el territorio nacional.
4. Se atente contra las dependencias oficiales, la residencia particular o medios de transportes del personal diplomático.
5. Se atente contra las sedes de los poderes públicos nacionales, estadales, municipales, los cuerpos de seguridad, instalaciones militares y las instituciones o edificaciones del Estado.
Artículo 9. Cuando el estado de zozobra, alarma o temor sea provocado mediante llamada telefónica, fotografías, escritos, videos, cassette o sistemas que utilicen tecnología de información, la pena aplicable será de presidio de seis (6) a doce (12) años, cuando el hecho hubiese causado lesiones o la muerte de alguna persona o graves daños materiales, se aplicará la pena prevista en el parágrafo primero del artículo 6 de esta Ley...
Artículo 11. Todo el que con intención de aterrar y causar anarquía, impida o dificulte el trabajo de cualquier persona o empresa, o de los dueños, gerentes, obreros o empleados, será castigado con prisión de uno ( 1) a tres (3) años...
Artículo 16. La persona que facilite, coopere o de cualquier manera preste asistencia o auxilio para que se perpetre cualquiera de los delitos previstos en esta Ley, incurrirá en la misma pena correspondiente al hecho punible, rebajada de un tercio (1/3) a la mitad (1/2)
...lo previsto en la Constitución y las leyes de la República, podrá interceptar comunicaciones de todo tipo cuando exista presunción de que las mismas se realicen para cometer actos terroristas o contribuir con este delito..
Artículo 28. El Ejecutivo Nacional podrá pagar recompensa hasta de un millardo de bolívares para combatir el terrorismo.
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