Contrarréplica 2 al carácter ilícito
de las Ganancias Capitalistas
Manuel C. Martínez M.* / Soberania.org - 09/05/07
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Repetimos, nos da la impresión de que nuestro estimado tiene sus propias respuestas a sus inquietudes en materia de Economía Política. No obstante, y como él mismo lo propone, es conveniente esclarecer las dudas en aras de una mejor pedagogía socialista a través de estos medios alternativos.
En nuestra respuesta reciente precisamos que ningún capital agrega valor, y por eso dijimos literalmente que a quien no trabaje sólo le asiste el valor de las amortizaciones, es decir, los inversionistas que limiten su participación industrial, comercial o financiera, al simple aporte de capital y obtengan beneficios o ganancias varias, pasan a ser simples rentistas o explotadores y vividores del trabajo ajeno, de la parte del valor agregado al PTB que como patronos le niegan al asalariado a su cargo.
En el régimen capitalista a los aportistas de capital legalmente se les reconoce como ganancia una parte del valor agregado al PTB por los trabajadores, descontados como costo el valor de sus amortizaciones y el salario causado. Por eso, luego de demostrarse el origen del valor, el Marxismo propuso la expropiación colectiva del capital, y su apropiación jurídica por un Estado que legalice y sólo reconozca como beneficiarios del PTB a los trabajadores activos que transformen esos capitales en bienes varios de consumo y producción.
Dejamos claro que las maquinarias sólo mejoran la productividad del trabajador, pero no agregan valor alguno más allá del valor ex ante correspondiente a las amortizaciones.
Ciertamente, cuando Karl Marx no se conocía el petróleo como energético, pero ya existía los yacimientos de minerales metálicos y afines, y sobre estos yacimientos rige lo que afirmamos sobre el petróleo in situ: carecen de valor mientras no sean tocados por la mano de obra que los descubre, extrae, refina y transporta. Esto no requiere mayores explicaciones, ya que ni siquiera el apetecido oro tiene valor per se.
Cuando el Estado venezolano se reserva la propiedad del yacimiento petrolero lo hace precisamente para evitar que cualquier particular lo haga suyo privadamente, con lo cual se daría el horroroso caso del terrateniente privado quien, sin trabajar, disfruta, usa y abusa de ingentes superficies de tierra de labrantío, mientras sus trabajadores (campesinos) no tienen ni la parcela funeraria. Pero la disposición constitucional que hace del petróleo un bien de dominio público no le atribuye valor alguno a unos yacimientos que sólo toman valor cuando son descubiertos y explotados en sentido amplio por la mano de obra de sus trabajadores involucrados. No debemos confundir gimnasia con magnesia.
Los comentarios adicionales que nuestro estimado lector agrega sobre teorías ya obsoletas y desmontadas por el Marxismo, las de Ádam Smith y David Ricardo, salen sobrando.
(*) Manuel C. Martínez M. - Economista (Colegio Econ. #39) -
Email: venasun@hotmail.com
web: www.pagina.de/sadelas
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