Estado explotará los hidrocarburos
Marianna Párraga / El Universal (Venezuela) - 27/08/07
|
La exploración por parte de privados en solitario no desentona con el plan oficial
Enrumbado al socialismo del siglo XXI, al capital privado que participa en la industria petrolera nacional le han ido quedando cada día menos espacios de participación. La modificación de la Constitución sugerida por el Presidente Hugo Chávez así lo confirma, aunque deja algunas rendijas que podrían convertirse en oportunidades de participación a futuro.
Tal como está redactada la propuesta de modificación del artículo 302 de la Carta Magna, de todos los eslabones que integran la actividad petrolera, sólo la "explotación" de los hidrocarburos nacionales (líquidos y gaseosos) quedará reservada al Estado, una reserva que además no se remite directamente a la ley orgánica respectiva, como ocurre con la norma vigente, sino que queda establecida expresamente en la Constitución.
Aunque algunos legisladores pudieran pensar que, en sintonía con la exposición de motivos de la reforma introducida por el Presidente y con el giro que ha tenido la política petrolera nacional, el reemplazo del concepto de reserva de la "actividad petrolera" por "explotación de hidrocarburos" es un error de técnica legislativa, el ministro de Energía y Petróleo y presidente de Petróleos de Venezuela, Rafael Ramírez, expresó que el ejercicio de la actividad exploratoria por parte de las empresas privadas en solitario no desentona con la política energética implementada hasta hoy por la administración chavista.
Argumentó que, una vez declarada la comercialidad de un área al término de la actividad exploratoria, que es el primer eslabón en la actividad petrolera, el privado está obligado a asociarse con Pdvsa, que es quien controlará las operaciones y las decisiones administrativas y mantendrá en su poder, directamente o a través de la Corporación Venezolana de Petróleo, la mayoría accionaria de cada una de las empresas mixtas constituidas.
Y más allá
Aguas abajo (refinación, distribución y comercialización de los hidrocarburos líquidos y procesamiento, transmisión y distribución de los hidrocarburos gaseosos), los privados también tendrían vía libre para operar en forma individual, conservándose así el espíritu de lo que hoy dispone la Ley Orgánica de Hidrocarburos, redactada y aprobada en 2001.
"Si los privados ejercen la actividad exploratoria en solitario, una vez declarada la comercialidad tienen que asociarse con Pdvsa en una empresa mixta en donde tendremos la mayoría accionaria. Se mantendría el modelo que usamos para proyectos como Rafael Urdaneta (en el Golfo de Venezuela) y Plataforma Deltana, el Estado los acompañaría en la fase de producción", dijo Ramírez.
Acotó, no obstante, que para Pdvsa es fundamental desarrollar la actividad exploratoria, bien sea en forma individual o con empresas mixtas con privados, "incluso fuera del país".
La guaya del socialismo
La propuesta de modificación del artículo 113 de la Constitución también arroja luces sobre los cambios por venir en el sector petrolero, muchos de los cuales ya tienen un camino andado. Este artículo reza en la Constitución vigente que "el Estado podrá otorgar concesiones por tiempo determinado" cuando se trate de explotaciones de recursos naturales propiedad de la nación.
El modelo de concesiones parece haber perdido hoy, sin embargo, el tren de la revolución y por ello en la propuesta de reforma aparecen figuras económicas más acordes con los espacios de participación que desea dejarle al empresariado un Estado que se encuentra en franca expansión.
Se mencionan entonces las empresas mixtas, un modelo harto ensayado por el sector petrolero, pero al que aún le resta evolucionar y expandirse hacia la industria de los hidrocarburos gaseosos y otras explotaciones de recursos naturales. Aparecen los conceptos de "empresas de propiedad social directa" y "unidades de producción socialistas". Todas deben asegurar la soberanía económica y social, respetar el control del Estado y cumplir con las "cargas sociales" que les imponga la administración central.
De mantenerse la redacción propuesta del artículo 113 en la Constitución por venir, el Estado quedará facultado para reservarse las industrias de explotación de los recursos naturales que considere convenientes, sin perjuicio de establecer y propiciar las formas de propiedad mencionadas.
Por ahora, y en sintonía con el espíritu global de la modificación propuesta por el Presidente, no queda completamente desplazada la participación privada tal y como está concebida hasta hoy, pero su supervivencia dependerá de la conformación de esquemas de asociación con el Estado y de la apertura de pequeñas ventanas de actuación que permitan su desarrollo en solitario.
Artículos en detalle
Constitución 1999
Artículo 302: "El Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico".
Artículo 113: "Cuando se trate de explotación de recursos naturales propiedad de la Nación o de la prestación de servicios de naturaleza pública con exclusividad o sin ella, el Estado podrá otorgar concesiones por tiempo determinado, asegurando siempre la existencia de contraprestaciones o contrapartidas adecuadas al interés público".
Consejo presidencial
- Una mal intencionada interpretación restrictiva podría sostener que se refiere solo al petróleo líquido y no sobre el gas, asfalto o bitumen.
- Se recomienda conectar este capítulo con lo planteado sobre el sistema socieconómico. Propiedad Social, propiedad mixta. Reforma integral.
Propuesta de Chávez
Art. 302: "El Estado se reserva por razones de soberanía, desarrollo e interés nacional, la actividad de explotación de los hidrocarburos líquidos, sólidos y gaseosos, así como las explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico".
Artículo 113: "Cuando se trate de explotación de recursos naturales o de cualquier otro bien del dominio de la Nación de carácter estratégico, o de la prestación de servicios públicos vitales, el Estado podrá reservarse la explotación o ejecución de los mismos, directamente o mediante empresas de su propiedad", sin descartar empresas de propiedad social, mixtas.
Por el rescate del espíritu original del artículo 303
Tras la primera discusión de la Constituyente que dio lugar a la Carta Magna que hoy está vigente, para la segunda discusión se agregó una coletilla al artículo 303 que dejó abierta la posibilidad vender las filiales de Petróleos de Venezuela y de constituir asociaciones entre el sector público y privado en las cuales no habría obligación de que el Estado conservara la mayoría accionaria.
Rafael Quiroz, economista petrolero, se encuentra en proceso de introducir una propuesta de reforma de este artículo como parte de la modificación que hoy se discute en el seno de la Asamblea Nacional, a fin de "rescatar el espíritu original del artículo 303 y con ello completar la nacionalización integral de los hidrocarburos".
Hubo una "distorsión" en la segunda discusión del artículo y consta en el libro de debates del Parlamento que el agregado de un segundo párrafo al artículo aprobado en primera discusión motivó el voto salvado de más de un constituyente, incluyendo a Jorge Olavarría y Gastón Parra, presidente del Banco Central de Venezuela.
"Si vendemos la filiales de Pdvsa, aceptamos su privatización. Pdvsa terminaría siendo un cascarón vacío sin las filiales", dijo Quiroz. Acotó, no obstante, que habría que especificar que se trata de las filiales nacionales, pues las foráneas están sujetas a las legislaciones de otros países y a las alianzas geopolíticas que se han construido por razones de conveniencia nacional.
Aunque el propio presidente Chávez sugirió en enero durante la toma de posesión de su cargo en la Asamblea Nacional reformar el artículo 303 y en el papel de trabajo que circuló hasta el mes pasado así estaba previsto, en la actual propuesta de modificación no fue incluido.
Al ser consultado Rafael Ramírez, titular del Ministerio de Energía y Petróleo, no se mostró contrario a su reforma, pues "la discusión debe plantearse".
El artículo 303 vigente dice que "por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Pdvsa, o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando las de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Pdvsa". MP
|
Imprimir
Enviar |
|
|
Volver |
|
|
|
Portada |
|