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Artículo
Caracas / Venezuela -
 


Aberrante endeudamiento en época de Bonanza Petrolera
Eudes Vera* / Soberania.org - 14/03/08



El ascenso al poder del actual Presidente en 1999, vino acompañado de grandes expectativas en cuanto a la deuda del país, dadas sus promesas como candidato de disminuirla significativamente. Sin embargo, nueve años después contemplamos como la deuda lejos de disminuir se ha incrementado sustancialmente (ver gráfico, abajo). He aquí el mecanismo perverso que se ha empleado de manera sistemática todos estos años con el propósito deliberado de aumentar la deuda.



Todos los Presupuestos aprobados por la Asamblea Nacional desde el 2003 hasta el presente han sido deficitarios [1], [2], [3], [4], con el agravante de que sus déficit han sido no sólo ficticios sino también innecesarios e injustificados, como demostraremos más adelante, amén de haber sido creados en la época de mayor bonanza petrolera del país.



Ahora bien, debemos preguntarnos, ¿Con qué objeto se crearon esos presupuestos deficitarios? Simplemente para justificar el endeudamiento del país con la finalidad de enjugar el déficit artificialmente creado.

El mecanismo para crear el déficit fiscal consistió sencillamente en subestimar los ingresos ordinarios del país, de tal manera que estos últimos quedaban siempre por debajo de los gastos. De paso, mediante esta triquiñuela, se violentaron los artículos 311 y 313 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). El primero de ellos establece claramente en su primer párrafo:

"La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. Esta se equilibrará en el marco plurianual del presupuesto, de manera que los ingresos ordinarios deben ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios".

Mientras que el art. 313 reza en su segundo párrafo:

"La Asamblea Nacional podrá alterar las partidas presupuestarias, pero no autorizará medidas que conduzcan a la disminución de los ingresos públicos ni gastos que excedan el monto de las estimaciones de ingresos del Proyecto de Ley de Presupuesto".

La Asamblea Nacional violó este artículo porque ha autorizado todos estos años la subestimación de los ingresos públicos, específicamente de los ingresos petroleros. La trácala consistió  en estimar el precio del barril de petróleo venezolano muy por debajo de los precios reales anticipados. [5]



Como consecuencia de la subestimación de los ingresos petroleros, todos estos años la Asamblea Nacional aprobó cada año la Ley Especial de Endeudamiento contentiva de partidas de “Endeudamiento Previsto”, con la supuesta finalidad de corregir el déficit fiscal. [6] Por ejemplo, para el año 2008 está previsto que el país se endeude en 4.481 millones de dólares. Tal endeudamiento, como lo fue el de los años anteriores, es totalmente innecesario e injustificado, como demostraremos a continuación.



En efecto, en base al precio promedio real que tuvo nuestro petróleo en los años 2003-2008, hemos preparado el siguiente gráfico (abajo), el cual muestra los ingresos extras (no presupuestados) que obtuvo el país, contrastados cada año con los montos del endeudamiento previsto [6]. Para el cálculo del ingreso petrolero extra se tomó conservadoramente como base una producción petrolera de 2,33 millones de barriles diarios [7], con lo cual se obtiene un ingreso extra de 850 millones de dólares anuales por cada dólar que el precio promedio real del petróleo estuvo por encima de su valor estimado.



Las cifras muestran claramente que los endeudamientos previstos y aprobados por la honorable Asamblea Nacional, estuvieron muy por debajo de los ingresos petroleros extras, lo cual demuestra sin lugar a dudas que fueron inútiles e innecesarios, ya que perfectamente se pudieron cubrir con los ingresos extras. Es más, con el ingreso petrolero extra que se prevé para el año 2008 (51.000 millones de dólares), se podría cancelar de un solo golpe toda la deuda de la república, si se quisiera.


Comentario final

Los artículos 311 y 312 de la CRBV parecen haber sido redactados por el Fondo Monetario Internacional o por el Banco Mundial, habida cuenta de que en dichos artículos se presupone el endeudamiento obligatorio y recurrente del país todos los años. En otras palabras, no importa que el barril de petróleo llegue a 1.000 dólares. Según esos artículos, Venezuela está condenada a endeudarse cada año. Es una aberración. Se debiera efectuar una enmienda de ellos con carácter de urgencia, de tal manera que se prohíba el endeudamiento del país en época de bonanza y que sólo se permita en caso de catástrofes económicas. Es decir, que sea un evento extraordinario y raro, no el hecho seguro y obligatorio que hemos venido teniendo todos estos años.

Endeudar el país en caso de verdadera necesidad puede estar justificado, pero hacerlo innecesariamente y en época de bonanza es un crimen.

 

............................................................

Notas:

[1] http://200.44.57.55:7777/onapre/Ley_2003/Ley_de_Presupuesto_2003.pdf
[2] http://www.ocepre.gov.ve/informacion/Ley_2005/Ley_de_Presupuesto_2005.pdf
[3] http://www.minci.gov.ve/noticias-economia/1/11002/sancionadas_leyes_de.html
[4] http://www.ojopelao.com/diarios1.php?id=11254
[5] http://www.vtv.gob.ve/VTV(reload)/detalle.php?s=8&id=2959
[6] http://www.mf.gov.ve/archivos/
[7] http://www.guia.com.ve/noticias/?id=1298

 

 

(*) Eudes Vera - Ingº Electricista / Ex-Candidato Presidencial / Email: eudesvera@cantv.net / Cel: 0416-384 4511

 

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