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Caracas / Venezuela -
 


Ojo con el CNE
Alfredo Conde* / Revista Zeta (Venezuela) - 18/07/08

Los profesores universitarios Celina Áñez y Baldomero Vásquez, sostienen que el CNE no es un organismo confiable. Advierten que el ente comicial ha violado cinco principios constitucionales: la igualdad, la confiabilidad, la imparcialidad, la transparencia y la eficiencia en el manejo de los procesos electorales. Al desviar la atención sobre las inhabilitaciones, el gobierno desvió la atención de lo que es el CNE.

Los economistas y profesores universitarios Celina Áñez y Baldomero Vásquez, especialistas en materia electoral, han introducido varios recursos jurídicos ante el Tribunal Supremo de Justicia, por considerar que el Consejo Nacional Electoral ha violado cinco principios constitucionales. Advierten que nada hace pensar que esto cambiará para las elecciones de noviembre y llaman a la oposición a prestar más atención a esta situación.

-¿Se puede confiar en el CNE?

-El artículo 293 de la Constitución, que establece las funciones del Poder Electoral, señala que éste garantizará "la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales". Esos cinco principios han sido violados por el CNE al no publicar los resultados del referéndum del pasado 2 de diciembre. Entonces, respondemos que nadie puede confiar en un ente público que no cumple con su primera obligación que es cumplir la ley.

-¿El referendo constitucional de diciembre le lavó la cara al CNE y a sus rectores?

-Al contrario, creo que ha dejado en evidencia la parcialización del Poder Electoral. La actuación de los rectores frente a la elección del 2D ha sido de tanta complicidad compartida que en verdad la correlación en el CNE es de cinco a cero a favor de los intereses de Chávez, - responde Vásquez.


CANTV y Smartmatic

-Otro tema que ha preocupado ha sido el de la CANTV, pues allí se canaliza la transmisión de los votos. ¿Qué pueden decir?

-El problema con CANTV es que maneja el canal de transmisión de los datos electrónicos. Éstos podrían ser intervenidos o desviados por personal bajo control del gobierno, de tal forma que podrían tomar esos datos, manipularlos y luego enviarlos al CNE. Al igual que de todo el resto del proceso electoral, el problema consiste en que sólo el gobierno tiene el control sin que haya nadie que vele de manera independiente para que se respete la voluntad del electorado, - expone Añez.

-Smartmatic y sus máquinas Olivetti no son consideradas confíables en otros países. ¿Cuál es la causa de ello?

-En este tema lo más importante que debe quedar claro es que cualesquiera que sean las máquinas, éstas son computadoras que son programables. Y este es el punto clave. Las aplicaciones para votar son programas que escribe Smartmatic en determinado lenguaje de programación de su propiedad. Y así como se programan, también pueden reprogramarse, y por tanto, ser intervenidas, por ellos mismos o por hackers.

-Las máquinas Olivetti que utiliza Smartmatic son originalmente diseñadas para el juego del Loto. Italia, país de la empresa Olivetti, hizo pruebas para implementar el sistema electrónico de votación en el 2006 y no les pasó por la mente usar las máquinas de lotería de Olivetti. Utilizaron las de la empresa holandesa NEDAP, que son específicamente para elecciones. A pesar de eso, después de las pruebas piloto, el gobierno concluyó que el sistema manual de votación era más seguro y desechó el voto electrónico.

-¿Qué ha pasado con los recursos jurídicos que ustedes han intentado en contra del CNE?

-Nuestras acciones ejercidas ante el TSJ con motivo de las anomalías electorales son:

a) En noviembre de 2007, una Acción de Amparo Constitucional contra el CNE ante la Sala Constitucional porque Smartmatic no garantizaba la imparcialidad de los resultados del referéndum, habida cuenta de su interés derivado de los contratos con el Estado, especialmente el de la Alcaldía Mayor y el de la Vicepresidencia ó el registro electrónico del PSUV. Fue declarado inadmisible extemporáneamente;

b) En enero de 2008, una
Acción de Amparo Constitucional contra el CNE ante la misma Sala Constitucional por no haber publicado los resultados electorales en el tiempo establecido por la ley. Fue declarado inadmisible porque estimó la necesidad de agotar la vía ordinaria, es decir, el Recurso Contencioso Electoral ante la Sala Electoral del TSJ;

c) En abril de 2008, intentamos el
Recurso Contencioso Electoral ante la Sala Electoral. Fue declarado extemporáneo, decisión que apelamos y además solicitamos sanciones contra el CNE debido a no haber enviado los recaudos correspondientes -en particular el Acta de Totalización- cuando se le solicitó. Está cursando el expediente en dicha Sala. Y,

d) El pasado lunes, 14 de julio, introdujimos un
Amparo Constitucional contra el CNE para finiquitar los contratos con la empresa Smartmatic por violación de los artículos 28, 62 y 293 de la Constitución. Allí demostramos -apoyados en opiniones emitidas por los propios rectores del CNE- que Smartmatic es ineficiente en la conducción de los procesos electorales, pues se han demostrado inconsistencias e injustificados retrasos en la totalización y entrega de resultados. El caso se encuentra pendiente de asignarle expediente y ponente- precisa Añez.


La oposición y el CNE

Vásquez, igualmente, hace serias observaciones en relación a la manera como ha tomado la oposición el asunto electoral.

-La actitud que tiene deja mucho que desear. Como también lo es que los partidos estén seleccionando sus candidatos unitarios apoyándose en IVAD-Seijas, una encuestadora de la que sólo existe la papelería y cuyos insólitos sondeos desde el 2004 son distribuidos por Rangel, Izarra y Chacón a los medios de comunicación

-¿Qué le parece la posición del CNE ante las inhabilitaciones? ¿Usted cree que la llamada Lista Russián haya hecho que la gente se olvide un poco del CNE?

-Las inhabilitaciones son inconstitucionales. El problema es que no se puede apelar a la ley a conveniencia. Quien no exige al CNE que cumpla la ley y que publique los resultados del 2D, ¿cómo reclama que se acate el ordenamiento jurídico en otra situación? Por otro lado, no hay duda de que el gobierno logró con este tema sacar al CNE del radar del escrutinio público.

-¿Qué opinión le merece el uso de las morochas en las elecciones de noviembre tanto por el gobierno como por la oposición?

-Las morochas son un instrumento utilizado por el gobierno para prostituir el sistema de escogencia de los representantes de la voluntad popular. Es un mecanismo aberrante que contraviene al artículo 63 de la Constitución que estatuye la obligación de la ley de personalizar el sufragio y la representación proporcional. Su validación por la oposición, al igual que la del sistema electrónico de votación, lo lleva a uno a pensar que el pueblo venezolano no tiene dolientes.



Mesas Rojo Rojitas

El CNE está organizando la presencia de los miembros de mesa con un 35,8% de inscritos en el PSUV y en la selección de quienes presiden la mesa, 47,3% son el PSUV.


El arquitecto Humberto Villalobos, uno los más altos representantes de ESDATA, señala que desde el 2006 el CNE, sin respetar la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, ha aplicado un esquema de selección de los miembros de mesa, lo cual no ofrece transparencia y beneficia a Chávez y al PSUV.
ESDATA es una organización integrada por un grupo de académicos que realizan investigaciones sobre el tema electoral. Villalobos indica que para tener una visión correcta del Registro Electoral es imprescindible verificar su comportamiento a partir del año 1998.

-Para poder verificarlo hay que analizar el Registro Electoral de 1998 en función de los electores que aparecen en el RE de diciembre de 2007. En tal sentido, en el período 1998-2000 se registraron un millón de cambios; en 2000-2003 medio millón de cambios; en 2003-2004, previo al Referendo Presidencial, tres millones de cambios; en 2004-2006 antes de la Elección Presidencial, 4 millones de cambios, y los cambios del año 2007 no fueron significativos. Este crecimiento inusual está estadísticamente correlacionado con el aumento de los porcentajes de votación a favor del presidente Chávez, y presenta serias divergencias con las tendencias de crecimiento poblacional esperado.

-Estas condiciones no han sido corregidas. Desde el año 2003, el CNE en desconocimiento del artículo 95 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, no entrega a los Partidos Políticos elementos fundamentales para la evaluación del Registro Electoral. Para todos los electores se debe incluir la dirección completa, y en caso de ser clasificado como Elegible para Miembro de Mesa se deben incluir, adicionalmen-te, en el caso de los Docentes Profesionales, su título universitario, y la institución dónde trabaja; en el caso de los Estudiantes de Educación Superior, la institución dónde estudia; y por último en el caso de los Profesionales y técnicos el título universitario obtenido y qué institución lo acredita.


Miembros de mesa

-Con relación a los miembros de mesa -prosigue Villalobos- electos por el CNE para los eventos electorales del 2006 y 2007, se repitieron los miembros de mesa. Pudimos constatar, al verificar los listados de venezolanos inscritos en el PSUV, identificados en la página Web del CNE (con base en primarias para la selección de los candidatos a gobernadores y alcaldes de ese partido) que de la totalidad de los miembros de mesa seleccionados, 18 por cada mesa electora, en más de 33.000 mesas, están inscritos en el PSUV un 35,8%, y específicamente de los seleccionados como presidentes de mesa están inscritos en el PSUV un 47,3%.

-Siguiendo con el análisis al comparar el Listado de Elegibles para Miembro de Mesa (CNE 2008) con el listado del PSUV (CNE 2008), pudimos constatar que del grupo de Docentes Profesionales (321.993 electores) el 48% son miembros inscritos en el PSUV. Del grupo de Estudiantes de Educación Superior (526.178 electores), 38%; y del grupo de Profesionales y Técnicos (868.870 electores), 28%.

-El CNE desde el año 2006 viene aplicando sin respetar la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política un esquema de selección de los miembros de mesa, que incluye a un 33% de los 18 cargos de miembros de mesa, a electores "no pertenecientes" a los listados de Docentes Profesionales, Estudiantes de Educación Superior y Profesionales y Técnicos.

 


(*) Revista Zeta No. 1667 / Dra. Celina Añez Méndez / Profesora Titular jubilada de la Universidad del Zulia (1973-2003) / MSc.- Universidad de Sussex, Inglaterra (1994) / PhD.-Universidad de Brighton, Inglaterra (2002) / E-mail: celinavas@cantv.net / Econ. Baldomero Vásquez Soto / Profesor de la Universidad del Zulia (1973-1991) / Esp.-Universidad Católica Andrés Bello (1989) / E-mail: tiobaldomero@yahoo.com

 


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