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Caracas / Venezuela -
 


Los Propietarios de la Riqueza - I
Manuel C. Martínez M.* / Soberania.org - 09/10/08

Los Salarios como Anticipos

A quiénes pertenece la riqueza de las naciones lo determinan las legislaciones vigentes. Por ejemplo, muchos recursos naturales suelen ser colectivos. En algunos países, los recursos del subsuelo pertenecen a los dueños del suelo. En Venezuela el petróleo y otras riquezas constitucionalmente pertenecen al Estado, una forma difusa y susceptible de corruptelas y violaciones  varias.

Queremos ocuparnos de la riqueza nueva, de la que diariamente alimenta los inventarios comerciales por obra y gracia del trabajo humano (T), de los trabajadores artesanales y principalmente la de los trabajadores asalariados. A esta  nueva riqueza social suele llamársele Producto Territorial Bruto (PTB).

En especial, la ciencia de la Economía da por sentado que históricamente la “propiedad” surge con la privatización de los  Medios de Producción (MP). Hoy por hoy los MP pertenecen a los  explotadores capitalistas. Tal explotación ha condicionado unilateralmente la propiedad sobre la integridad del PTB, mismo que  está formado por la suma de MP y Valor Agregado (VA) aportado por T.

Como sábese, la relación obrero-patronal jamás ha desembocado en un pago justo para el asalariado. La sola definición de salario ya nos habla de la desigualdad distributiva entre ganancias y remuneraciones laborales.

Las reivindicaciones, los periódicos ajustes salariales y toda la legislación protectora de los trabajadores no han logrado el cese de la lucha obrero-patronal. Al respecto, la teoría marxista prevé la Revolución Socialista como único mecanismo social que podría cortar el sistema burgués y  eliminar  las desigualdades en materia de propiedad.

Una  hipótesis marxista  estima el  fin de la era capitalista  para  su fase “imperialista”. Durante ésta  la tasa de ganancia media global o macroeconómica habrá descendido a un nivel que desencantaría  a todos los inversionistas en conjunto.

Pero mientras llega esa revolución, o se cubre la fase imperialista, cobra importancia reconocer que los asalariados son los propietarios del VA, y que los patronos lo son de los MP. El patrono, en su rol de comerciante, acude al mercado con un inventario constituido por dos mercancías fundidas en una sola: los MP y el trabajo añadido a ellos. De esta manera el patrono estaría fungiendo de intermediario de VA.

Sobre esas bases, la propiedad de los MP le concedería al patrono un justa ganancia por concepto de reventa de sus MP, y quedaría por determinarse la justa comisión que debería asistirle por su intermediación en la venta del VA que es propiedad de sus asalariados.

Por su parte, y sobre esas mismas bases, los salarios deberían ser considerados como anticipos dinerarios del precio de venta al que se colocaría el valor del PTB. Será el mercado y su ley de la oferta- demanda el  que fijará el  precio (P) del PTB, y consecuencialmente el   del VA y el de los MP.

La idea es reconocer que con la venta de cada mercancía se recoge la venta de los MP involucrados y la venta del VA como si se tratara de una segunda mercancía. Mediante este artilugio contable el capitalista podría seguir justificando su ganancia como resultado de la reventa de sus MP, pero no podrá seguir sosteniendo lo mismo con la venta simultánea del VA ya que este no le pertenece. En todo caso estaría fungiendo de simple intermediario y los salarios cancelados serían un anticipo entregado a sus trabajadores por la “consignación” recibida.

Deducido el valor de los MP insumidos en el PTB del año, el remanente pertenecería a ambos propietarios mediante alícuotas cuya cuantificación la determinarían contractualmente   los contratistas del caso, obreros y patronos.

El precio del VA quedará fijado por el mercado, y en este caso la escasez   será   determinante  para  esta valorización.

Entiéndase que se trataría de salarios asimilados  a adelantos del valor del PTN (Producto Territorial Neto), deducido el valor de los MP insumidos. Los trabajadores recibirían un segundo pago anual que garantizaría mejoras económicas parejas para patronos y trabajadores. La vergonzosa división entre pobres y ricos tendería a desaparecer, y las reivindicaciones varias ya no serían cargadas a los costes de producción ni serían dádivas de filantrópicos patronos. Esas reivindicaciones también serían admitidos y contabilizados como adelantos de la riqueza añadida por T.

 

 

[*] Manuel C. Martínez M. - Economista (Colegio Econ. #39) - Email: venasun@hotmail.com
web: www.pagina.de/sadelas

 


Artículo del autor:


La Estafa Histórica

 




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